Informe pericial rebus sic stantibus De reequilibrios de concesiones y contratos de alquiler
Desde el punto de vista del arrendatario, para sustentar su demanda resulta necesario que un informe pericial acredite no solo la existencia de un hecho negativo extraordinario e impredecible, sino, además:
Que dicho hecho extraordinario e impredecible ha afectado de forma específica a su negocio.
Que analice cuál ha sido el impacto real y concreto en el negocio y las expectativas de recuperación
Que verifique cómo ha variado la ‘tasa de esfuerzo’ (peso de la renta por alquiler sobre el total de ingresos’.
Que determine el ajuste que habría que realizar en la renta para reequilibrar el
contrato, así como la duración que debiera tener dicho ajuste.
Por su parte, desde el punto de vista del arrendador deberá contarse con un experto independiente que efectúe un análisis crítico sobre el informe pericial aportado por el arrendatario y elabore el correspondiente informe de réplica.
Como siempre, nuestros informes periciales terminarán siendo ratificados en sede judicial por el socio firmante.

